Comprar una clínica · 4 Sep 2026

Requisitos para abrir una clínica dental en España: guía completa

Para abrir una clínica dental en España necesitas cuatro cosas imprescindibles: un odontólogo colegiado al frente de la actividad asistencial, la autorización sanitaria de tu comunidad autónoma, la licencia de actividad del ayuntamiento y un local que cumpla los requisitos de accesibilidad, esterilización y protección radiológica. El resto —protección de datos, seguro de responsabilidad civil, gestor de residuos y altas fiscal y laboral— es igual de obligatorio, pero avanza en paralelo mientras se tramita el expediente sanitario, que es el que marca el calendario.

Resumen de los requisitos para abrir una clínica dental

Requisito Quién lo exige
Grado en Odontología y colegiación Colegio de Odontólogos y Estomatólogos
Autorización sanitaria e inscripción en el registro de centros Consejería de Sanidad autonómica
Licencia de actividad y, si hay reforma, de obra Ayuntamiento
Declaración o registro de la instalación de rayos X Comunidad autónoma, en el marco del Consejo de Seguridad Nuclear
Protección de datos de salud Titular del centro; supervisa la AEPD
Seguro de responsabilidad civil sanitaria Normativa de profesiones sanitarias y colegio profesional
Gestor autorizado de residuos sanitarios Comunidad autónoma
Altas fiscal y laboral y prevención de riesgos Agencia Tributaria, Seguridad Social e Inspección de Trabajo

Titulación y colegiación: quién puede ejercer

El primer requisito no es del local, es de la persona: para explorar, diagnosticar y tratar hace falta el título de Grado en Odontología (o la antigua Licenciatura, o ser médico especialista en Estomatología) y estar colegiado donde se ejerza; un título extracomunitario debe homologarse antes. Toda clínica necesita además un responsable sanitario —director técnico en algunas comunidades—: un odontólogo identificado ante la administración que responde de la actividad asistencial, sea el propio titular o un profesional contratado.

¿Quién puede ser titular de una clínica dental?

Conviene separar dos planos que se confunden constantemente:

  • La propiedad del negocio: el titular jurídico del centro, persona física o sociedad. No exige, por sí misma, título sanitario.
  • El ejercicio profesional: quién explora al paciente y firma el plan de tratamiento. Solo un odontólogo colegiado, dentro de sus competencias.

Por eso hay clínicas cuyo propietario es un inversor o una familia, siempre con dirección técnica de un odontólogo. Ojo con la forma societaria: si el centro se constituye como sociedad profesional al amparo de la Ley de Sociedades Profesionales, la mayoría del capital y de los derechos de voto debe pertenecer a socios profesionales colegiados; otras clínicas se estructuran como sociedades mercantiles ordinarias que aportan los medios y contratan a los profesionales. Es una decisión que conviene consultar con asesoría antes de firmar la escritura.

¿Puede un higienista dental abrir una clínica dental?

La respuesta corta: puede ser propietario del negocio, pero no puede ser el profesional que ejerce la odontología. Un higienista bucodental puede participar en la sociedad, alquilar el local, comprar el equipamiento, contratar al equipo y asumir el riesgo económico. Lo que no puede es sostener la actividad asistencial: la clínica necesita un odontólogo colegiado como responsable sanitario y todo acto reservado a la odontología debe realizarlo él. Y si la sociedad se constituye como profesional, el higienista solo podría entrar como socio no profesional, en minoría.

El higienista trabaja bajo indicación y supervisión del odontólogo, en las funciones propias de su titulación: educación en salud bucodental, profilaxis y tartrectomías, selladores, aplicación tópica de flúor, toma de registros y, si cuenta con la acreditación exigida, manejo del equipo de rayos. Queda fuera de su competencia diagnosticar, planificar tratamientos, prescribir y ejecutar los actos reservados al odontólogo: hacerlo es intrusismo. Consulta el criterio de tu comunidad y de tu colegio antes de constituir la sociedad.

La autorización sanitaria de la comunidad autónoma

Una clínica dental es un centro sanitario y no puede abrir sin la autorización sanitaria de funcionamiento de la consejería de sanidad, con su inscripción en el registro de centros, servicios y establecimientos sanitarios. Sin ese número no puedes atender pacientes y, en varias comunidades, tampoco anunciarte: el número de registro debe figurar en la publicidad.

El procedimiento varía por comunidad, pero el guion se repite: autorización de instalación con memoria y planos, obra conforme al proyecto, solicitud de funcionamiento, inspección e inscripción registral. Piden distribución por salas, equipamiento, titulación de los profesionales, cartera de servicios y documentación de esterilización, residuos y protección radiológica. De forma orientativa, entre presentar el expediente y obtener el funcionamiento pasan varios meses. El trámite lo detallamos en la guía sobre licencias y autorización sanitaria de una clínica.

Licencia de actividad y de obra del ayuntamiento

En paralelo corre el expediente municipal: según el ayuntamiento y la superficie, la apertura se tramita como licencia de actividad o como declaración responsable, y la reforma exigirá obra menor o mayor según toques estructura, distribución o instalaciones. Hará falta proyecto de técnico competente, boletines de las instalaciones y certificado final de obra.

Antes de firmar el arrendamiento, pide el informe de compatibilidad urbanística y confirma que el uso admite actividad sanitaria: si el local venía de vivienda o de comercio puede requerir cambio de uso. Condiciona además el contrato a obtener las licencias, porque pagar renta por un local que no puede abrir es de los errores más caros al montar de cero.

Requisitos del local y de las instalaciones

Distribución y accesibilidad

La administración no autoriza un local, autoriza una distribución: recepción y sala de espera, uno o varios gabinetes con superficie, ventilación e iluminación suficientes, aseo accesible, almacén y espacio para el personal. La accesibilidad universal no se negocia —acceso sin barreras, anchos de paso adecuados, aseo adaptado—: un primer piso sin ascensor descarta un local por bonito que sea.

Zona de esterilización

Necesitas una zona diferenciada, con circuito de sucio a limpio, autoclave con ciclos validados y registro de controles, envasado y trazabilidad del instrumental y protocolos escritos de limpieza, desinfección y esterilización. Es de lo primero que revisa la inspección.

Protección radiológica y equipos de rayos X

Las instalaciones de rayos X dentales de diagnóstico se someten a un régimen específico de declaración o registro ante el órgano competente de la comunidad autónoma, dentro del marco de actuación del Consejo de Seguridad Nuclear. En la práctica: memoria de blindajes firmada por técnico, verificación por un servicio o unidad técnica de protección radiológica, programa de protección radiológica y de control de calidad, personal acreditado para dirigir y operar la instalación, dosimetría y señalización. Un ortopantomógrafo o un CBCT exigen más que un periapical, y sin todo en regla el equipo no se enciende.

Protección de datos: la historia clínica es categoría especial

Los datos de salud son categoría especial en el RGPD, con más exigencia que en cualquier otro negocio: registro de actividades de tratamiento, análisis de riesgos, información y consentimientos correctos, contratos de encargado con el laboratorio protésico, el software de gestión o la gestoría, y seguridad real (usuario nominativo, cifrado, copias, control de accesos). Suma la conservación de la historia clínica —como mínimo cinco años desde el alta de cada proceso asistencial, con plazos más largos en varias comunidades— y el derecho de acceso del paciente a su documentación.

Seguro de responsabilidad civil y residuos sanitarios

La normativa de las profesiones sanitarias obliga a cubrir la responsabilidad civil por los daños derivados de la asistencia. Muchos colegios ofrecen póliza colectiva, pero revísala: suele cubrir al profesional colegiado y no siempre al centro ni a todo el equipo. Mira sumas por siniestro y por anualidad, retroactividad y qué ocurre cuando la póliza se cancela.

En residuos necesitas contrato con gestor autorizado, contenedores homologados por grupo, documentos de entrega, registro de retiradas y formación del personal. Con la amalgama hay novedad: su uso está prohibido en la Unión Europea salvo necesidad médica justificada, pero al retirar empastes antiguos se siguen generando restos que son residuo peligroso, así que el separador de amalgama y su gestión específica siguen siendo exigibles. Todo esto forma parte del expediente de autorización: no es papeleo para después de abrir.

Alta fiscal y laboral

Antes de la primera factura: alta censal con el modelo 036 o 037 y el epígrafe de IAE que corresponda —las personas físicas y las sociedades por debajo del umbral legal de cifra de negocios no pagan cuota, pero el alta hay que declararla igual—, alta en el régimen de Seguridad Social que proceda, habitualmente el de autónomos para el titular, y, si hay plantilla, inscripción de la empresa, altas de los trabajadores, prevención de riesgos con vigilancia de la salud y registro horario.

Un detalle fiscal que sorprende a muchos: la asistencia sanitaria a personas físicas prestada por profesionales sanitarios está exenta de IVA, igual que la entrega y colocación de prótesis dentales por odontólogos y protésicos. No repercutes IVA en la mayoría de tratamientos, pero tampoco te deduces el soportado en la obra y el equipamiento, lo que encarece la inversión real. Ojo con los tratamientos de finalidad puramente estética, que quedan fuera de la exención y tributan al tipo general. Y si compras una clínica existente, la operación tributa de forma distinta según se articule como compra de activos o de participaciones, como explicamos en la guía de fiscalidad del traspaso de una clínica dental.

Abrir de cero o comprar una clínica en marcha

Cumplir los requisitos es media decisión; la otra media es cómo llegas a tener la clínica funcionando.

Factor Abrir de cero Comprar en marcha
Plazo hasta el primer paciente Orientativamente de 6 a 12 meses, más si hay obra mayor Orientativamente de 2 a 5 meses entre negociación, due diligence y cambio de titularidad
Ingresos el primer día Ninguno: la agenda está vacía Los de la clínica, desde la firma
Inversión Obra, equipamiento y colchón para los meses en pérdidas Precio del traspaso, financiable en parte
Riesgo principal Que la captación de pacientes tarde más de lo previsto Pagar de más o heredar una cartera muy ligada al dueño saliente

Montar de cero da libertad total y evita pagar un fondo de comercio, pero traslada al odontólogo el riesgo entero: obras que se desvían, licencias que se retrasan y una agenda que llenar mientras la caja se consume. En el análisis de cuánto cuesta montar una clínica dental desde cero desglosamos inversión y circulante.

Comprar en marcha no te exime de ningún requisito, solo cambia el orden: el local ya tiene licencia, la instalación de rayos está declarada y la autorización existe. Toca comprobar que todo sigue vigente y tramitar el cambio de titularidad, porque la autorización va ligada al titular y a la cartera de servicios declarada. Ahí se juega la operación: apóyate en un checklist de due diligence de una clínica dental que revise autorización, dosimetrías, residuos, contratos y la cesión de la base de pacientes conforme al RGPD, y ten a mano las plantillas de NDA, checklist y carta de intenciones antes de sentarte a negociar.

Si te inclinas por esta vía, mira las clínicas dentales en venta de Traxpasia, repasa el recorrido completo en la guía sobre cómo comprar una clínica dental y calcula el esfuerzo del banco con las claves para financiar la compra de una clínica dental.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se tarda en abrir una clínica dental?

De forma orientativa, entre seis meses y un año desde que buscas local hasta el primer paciente: lo marcan la obra y los dos expedientes que corren en paralelo, el municipal y el sanitario. Comprar una clínica ya autorizada suele reducirlo a unos pocos meses.

¿Puede un higienista dental abrir una clínica dental?

Puede ser propietario del negocio, pero no realizar los actos reservados al odontólogo. La clínica necesita un odontólogo colegiado como responsable sanitario y el higienista trabaja bajo su indicación y supervisión, dentro de las funciones de su titulación.

Si compro una clínica, ¿hay que pedir otra vez la autorización sanitaria?

No se parte de cero, pero tampoco se hereda sin más: el cambio de titularidad se comunica a la comunidad autónoma, que actualiza el registro. Si además cambias la cartera de servicios, la distribución o los equipos de rayos, habrá que tramitar la modificación correspondiente.

¿Cuánto cuesta cumplir con todos los requisitos?

Depende del tamaño y el estado del local, del número de gabinetes y de la comunidad autónoma. Los trámites y proyectos técnicos son una partida menor frente a obra y equipamiento, pero conviene presupuestarlos aparte y sumar el IVA que no vas a poder deducir. Compara esa inversión con lo que costaría una clínica ya en marcha usando la calculadora de valoración de clínicas dentales.

¿Quieres dar el paso?

Te acompañamos en la compra o venta de tu clínica dental.